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Marcas Aliadas

Beneficios tributarios de las donaciones

La donación es un contrato mediante el cual se transfiere gratuita e irrevocablemente un bien a otra persona que acepta dicha transferencia. En Colombia esta figura se encuentra regulada en el artículo 1443 del código civil y en el estatuto tributario, contemplando la posibilidad de acceder a ciertos beneficios tributarios tales como descuentos y deducciones fiscales cuando se realicen donaciones a entidades que tengan un objetivo social.

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En principio es necesario hacer una aclaración frente a la distinción entre el beneficio de deducción y el de descuento que operan sobre el impuesto sobre la renta. De tal manera, el primero se refiere a una disminución de la base gravable sujeta a tributación, que para el caso en concreto, se genera contribuir en la realización de actividades fomentadas por el legislador con fines sociales, medio ambientales, entre otros Por otra parte, el segundo no disminuye como tal la base gravable sino, directamente, el impuesto a pagar con la finalidad de estimular la donación, siendo este el mayor beneficio en materia tributaria, puesto que su provecho es del 100%.

¡JUNTOS SOMOS MÁS!

Contamos con varias Marcas Comerciales aportando en el proyecto, no solo económicamente sino con material educativo para la Plataforma Digital interactiva, así como con aportes de sus recursos electrónicos residuales como lo son los PCS y periféricos.

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"La enseñanza que deja huella no es la que se hace de cabeza a cabeza, sino de corazón a corazón"

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